En tu comunidad
La calidad HD de nuestras cámaras de seguridad para Comunidades de Vecinos garantiza unas imágenes nítidas. Además, al disponer de calefactor, se evita que se puedan empañar y las imágenes estén borrosas. Son anti vandálicas por lo que están perfectamente protegidas además de funcionar en óptimas condiciones frente a condiciones meteorológicas adversas (lluvia, nieve, granizo, frío extremo, viento…)Las imágenes de las cámaras de seguridad quedan almacenadas por un plazo de 30 días. El grabador dispone de marca de agua para garantizar la autenticidad e integridad de las imágenes, dispone de disco duro de seguridad 24x7. La configuración de usuarios y permisos, permite cumplir con la normativa vigente en materia de L.O.P.D. garantizando la privacidad de las imágenes y que sólo el responsable del fichero y el encargado del tratamiento de datos tengan acceso a las grabaciones.
El grabador se encuentra perfectamente protegido dentro de un armario de seguridad. De esta manera, se protege el grabador frente a robos o sabotajes, garantizando la conservación de las imágenes. El armario de seguridad se encuentra anclado a pared y/o suelo para que no se lo puedan llevar.
Diatel custodiará las grabaciones hasta que la policía o el juez las soliciten. De esta forma, la cadena de custodia no se romperá en ningún momento. Las imágenes de las cámaras de seguridad de la Comunidad de Vecinos tendrán plena validez legal en el proceso jurídico y el sistema de video vigilancia habrá cumplido uno de sus principales cometidos: servir de prueba en caso de que se cometa un delito dentro de la comunidad de propietarios.
Su instalación y mantenimiento están regulados por:
Ley de Propiedad Horizontal. Ley 8/1999, de 6 de abril, de Reforma de la Ley 49/1960, con las modificaciones introducidas por la Ley 1/2000 de Enjuiciamiento Civil.
Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre
Reglamento General de Proteción de Datos
Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil
Ley 23/92 de Seguridad Privada de 30 de julio
Ley de Propiedad Horizontal. Ley 8/1999, de 6 de abril, de Reforma de la Ley 49/1960, con las modificaciones introducidas por la Ley 1/2000 de Enjuiciamiento Civil.
Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre
Reglamento General de Proteción de Datos
Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil
Ley 23/92 de Seguridad Privada de 30 de julio
En tu Negocio
Disponemos de una extensa gama de cámaras de seguridad diseñadas especialmente para Hoteles, Almacenes, Oficinas, Pequeño Comercio, etcEl mejor modo de prevenir es disuadir. Gracias a la Video Vigilancia el cliente tiene el control absoluto de su empresa desde un PC ó desde el movil puede controlar en remoto la calidad en la atención al cliente, las horas de apertura y cierre, la situación de las mercancías, la maquinaria, las instalaciones, y todo guardado en el disco duro para y desde cualquier sitio poder ver las imágenes hasta 30 días atrás.
La Video Vigilancia es una herramienta de control y gestión que le hará tener menos perdidas, aumentar la rentabilidad y controlar los tiempos muertos de su empresa.
Nuestros sistemas de Vigilancia están adaptados a la normativa L.O.P.D
Consideramos necesario, para el correcto cumplimiento de la Protección de datos y la Privacidad, que se tengan en cuenta las siguientes propuestas.
1. Los Grabadores deben de estar instalados en un armario mural, con ventilador y cerrado con llave.
2. Los Grabadores deben de estar conectados a un S.A.I para evitar perdida de datos, rotura de grabadores, etc.
3. Aconsejamos las siguientes operaciones de mantenimiento reguladas por la normativa en vigor:
- Revisión Cableado.
- Revisión Grabador y correcto funcionamiento de éste.
- Revisión y limpieza de cámaras.
- Cambio periódico de contraseñas según la normativa RGPD.
- Copias de Seguridad según la normativa RGPD.
- Copias de Respaldo.
- Revisión de Carteles.
- Actualización de Equipos.
- Actualización de contratos entre responsables y encargado del tratamiento según la normativa de RGPD.
- Informar a usuario de la normativa de RGPD.
- Extracción de imágenes en Pen Drive 2 veces al año. Las extracciones Adicionales serán con coste, según tarifa.
1. Los Grabadores deben de estar instalados en un armario mural, con ventilador y cerrado con llave.
2. Los Grabadores deben de estar conectados a un S.A.I para evitar perdida de datos, rotura de grabadores, etc.
3. Aconsejamos las siguientes operaciones de mantenimiento reguladas por la normativa en vigor:
- Revisión Cableado.
- Revisión Grabador y correcto funcionamiento de éste.
- Revisión y limpieza de cámaras.
- Cambio periódico de contraseñas según la normativa RGPD.
- Copias de Seguridad según la normativa RGPD.
- Copias de Respaldo.
- Revisión de Carteles.
- Actualización de Equipos.
- Actualización de contratos entre responsables y encargado del tratamiento según la normativa de RGPD.
- Informar a usuario de la normativa de RGPD.
- Extracción de imágenes en Pen Drive 2 veces al año. Las extracciones Adicionales serán con coste, según tarifa.